La justicia con su venda, que muchas veces más que facilitar la igualdad de todo el mundo ante ella provoca que se produzcan hechos totalemente injustos y pasen desapercibidos. Pero alguna vez sucede que esta venda cae, y en este caso ha sido así. Un Juzgado de Primera Instancia (en particular el número 6 de Badajoz) ha dictado una sentencia absolviendo al propietario de un bar por «poner música y no pagar cánon»
Si ya simplemente el concepto de pagar por poner música a algunos les puede resultar absurdo, lo es más cuando tenemos en cuenta que la música que tenía era libremente distribuida de acuerdo con los autores con licencia Creative Commons (a la que hare referencia en otro «articulito»). Es decir, la SGAE quería cobrar ese canon aún cuando los autores habían renunciado ese derecho, en virtud de la defensa de un «interés superior».
Lo importante de esta sentencia es que establece que la SGAE NO representa a la totalidad de autores, quieran o no, si no que el juez ha interpretado que para que la demanda prosperase la Sociedad General de Autores y Editores debería haber probado que en el establecimiento se reproduce música de su repertorio.
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