El ser humano es el único que tropieza dos veces con la misma piedra

Sergio Carrasco Mayans Sergio Carrasco Mayans
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Hace pocos días, el grueso de Internautas se movilizó contra una actuación del Gobierno: la aprobación de un polémico Art. 17bis en la nueva normativa reguladora de la responsabilidad de las empresas prestadoras de servicios en la Red que otorgaba una gran competencia a las entidades gestoras, pasando a convertirse en parte interesada, demandante, juez, jurado y verdugo. La obligación genérica de prestar auxilio a estas empresas va más allá de la que debería permitir la preocupación por proteger a los titulares de los derechos de autor, favoreciendo que puedan conocer del contenido de comunicaciones, así como de su origen y destinatario, convirtiendo lo que era antes una red anónima de intercambio de información en poco menos que una relación totalmente regulada por Ley.

Rápidamente procedieron a eliminar este artículo, el cual a algunos nos pareció un globo sonda con tal de observar las reacciones de la sociedad, o al menos eso nos dijeron. Leo en la Asociación de Internautas que el Gobierno vuelve a proponer a las entidades gestoras como policía de Internet.

No se tiene en cuenta que no se puede pensar siempre que el titular de un equipo al que corresponde una IP es siempre el que realiza la acción tipificada (podéis ver a este respecto Sentencias como ésta, en la que se habla de la viabilidad de usar la IP para proceder a la identificación de un determinado sujeto), y bastará con la simple presentación de diligencias preliminares para bloquear el acceso a una determinada web. Dónde se quedará el derecho a un proceso judicial justo si a las buenas de cambio se pueden dedicar a bloquear páginas web que piensen que vulnera algún derecho de autor, desconociendo el posible hecho de que este autor haya dado realmente permiso para ese determinado tratamiento?

Un par de artículos atrás ya hablamos del uso que un chico de 15 años ha dado a la posibilidad de enviar notificaciones para bloquear el acceso sin necesidad de procedimiento alguno. Tal vez en breve nos encontremos en la misma situación, en la cual ya no deberán demostrar ellos que realmente vulneramos uno de los derechos de sus representados, sino que la carga de la prueba caerá en nosotros, culpables a menos que se demuestre lo contrario.

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